¿Pueden incluirte en un grupo de Whatsapp sin tu consentimiento?
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de dictar una resolución en la que analiza esta situación y concluye con la existencia de varias infracciones, por una acción, hasta ahora, en apariencia inofensiva, reportó El País.
Los hechos en cuestión se refieren a una reserva para una cena navideña en un restaurante y la creación por el restaurante de un grupo de Whatsapp con las personas que participaban en la cena ese día. Pero cuando uno de los miembros decide salir del grupo es incluido nuevamente por el administrador, recibiendo un mensaje privado, en el que le comunican que si sale del grupo se anulará la reserva. En un momento posterior, en el grupo se publica una lista de los asistentes con nombres y apellidos, las mesa donde se sentarían y cuantas personas le acompañarán y otros datos sobre todos miembros del grupo. Es esta actuación la que provoca la denuncia por parte de uno de los comensales ante la Agencia Española de Protección de Datos.
¿Por qué la denuncia? Pues porque con esos hechos pueden haberse cometido dos infracciones en materia de protección de datos. La primera, el tratamiento de datos de carácter personal sin recabar el consentimiento de las personas afectadas, cuando éste sea exigible. Una vez acreditada la responsabilidad del restaurante en la creación del grupo de Whatsapp, y la inserción de un listado con datos personales de los miembros sin recabar su consentimiento, parece clara la primera infracción de la normativa aplicable.
Pero el asunto no queda ahí. Los hechos descritos todavía entrañan una segunda infracción: la revelación de datos personales, infringiendo el deber de secreto al que están obligados los responsables del tratamiento. En este caso, con la incorporación de un listado con los datos personales de todos los que habían reservado una mesa para la cena del día 31 de diciembre, el denunciado permitió el acceso por parte de terceros a datos personales relativos al afectado, según el detalle que consta en los hechos probados.