México

Aborto en México: ¿Qué penas existen en el país y qué significa que sea inconstitucional aplicarlas?

El primer estado en despenalizar el aborto en la República Mexicana fue la Ciudad de México, en 2007.
martes, 7 de septiembre de 2021 · 17:08

Esta tarde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por unanimidad de sus diez ministros presentes, votó a favor de la despenalización del aborto en México

Tras haber declarado como inconstitucional penalizar la interrupción del embarazo Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro de la SCJN, dijo que se trata de un suceso histórico para todas las mujeres mexicanas y personas que estén en un proceso de gestación. 

Declaró que, a través de un criterio unánime, no solo se invalidaron las normas que fueron objeto de discusión, son que ahora queda establecido un criterio obligatorio para todos los jueces del país, por lo que no se podrá procesar a ninguna mujer que aborte en el tiempo previamente establecido, además de demostrar el compromiso que la SCJN tiene con la Constitución y con los derechos humanos de las mujeres.

Cabe mencionar que esta decisión del órgano rector se da en el marco de la invalidación del artículo 196 del código penal de Coahuila, mediante el cual se imponía una pena de hasta tres años de prisión a aquellas mujeres que lo practicaran de manera voluntaria, así como a las personas que contribuyeran o estuvieran involucradas en la interrupción del embarazo.

¿Qué significa la despenalización del aborto?

Si bien el día de hoy se dio un paso hacia adelante en la lucha por la despenalización del aborto, esto no significa que dicha interrupción del embarazo sea legal y aplique en todo México.

Al decretarlo como inconstitucional lo que el Tribunal de Justicia hizo fue obligar a que los tribunales estatales fallen a favor de aquellas mueres que, por voluntad, deseen abortar.

Aun cuando la SCJN entiende que el producto de un embarazo merece ser protegido, precisó que los jueces no pueden desconocer los derechos de las mujeres ni criminalizar el aborto dentro de cada entidad federativa.

En resumen, lo que se aprobó este martes fue que las mujeres podrán interrumpir su embarazo sin ser criminalizadas ni castigadas penalmente, procedimiento que podrán llevar a cabo en instituciones de salud pública de manera gratuita, segura, confidencial y sin ser discriminadas, lo cual no quiere decir que el aborto en todo el país sea legal. 

Penas o sanciones para el aborto en México 

La Ciudad de México fue el primer estado en la República Mexicana en despenalizar el aborto, hecho que data de 2007 y que desde entonces se ha vuelto un refugio o sitios propicio para que mujeres capitalinas o de otros estados del país acudan a clínicas de la ciudad para someterse a una interrupción legal del embarazo. 

Sin embargo, en prácticamente todo el país aún se castiga severamente esta actividad y la sanción depende de lo estipulado en el código penal de cada entidad federativa.

Información publicada por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), las sanciones o penas van desde 15 días hasta 8 años de prisión, como sucede en el estado de Guerrero, por ejemplo, además de un pago de multas que podrían alcanzar los 300 salarios mínimos, sin dejar de mencionar la discriminación de la cual son víctimas por parte de médicos tratantes que también las criminalizan.

En el caso de Aguascalientes, además de ser susceptible a encarcelamiento y multa, las mujeres que se practiquen un aborto están obligadas a reparar el daño, una sanción que resulta cuestionable dado que sería a ella misma a quien tendría que reparar.

Según el GIRE, una mujer puede practicarse un aborto en México sin criminalizada solo en las siguientes condiciones:

  • Cuando haya antecedente de una violación sexual, algo que se encuentra estipulado en la Ley General de Víctimas, así como en la NOM-046 (Violencia familiar, sexual y contra las mujeres; criterios para la prevención y atención), por lo que se debe dar atención médica a toda mujer que declare, bajo protesta, que fue violada. Esta causa para practicar el aborto aplica en todo el país, a través del Código Penal Federal.
  • Cuando es resultad de una conducta imprudencia o culposa, la cual está vigente en 29 estados de la República Mexicana.
  • Que exista peligro de muerte para la mujer embarazada: considerada en 23 entidades federativas del país. 
  • Riesgo de salud de la mujer: 15 estados.
  • Que el producto presente alteraciones congénitas o genéticas graves: 16 estados.
  • Embarazo mediante una inseminación artificial no consentida o una razón económica: 15 entidades federativas.

Además de la Ciudad de Mexico, estados como Veracruz, Oaxaca e Hidalgo ya tienen despenalizado el aborto. Sin embargo, aún queda un camino por recorre para que la interrupción legal de embarazo no sea objeto de discriminación para las mujeres que, de forma voluntaria, desean no ser madres.