Opinión

La FIREL y el acceso a la justicia

jueves, 6 de agosto de 2020 · 15:04

Twitter: @CLopezKramsky

El lunes 3 de agosto, el Poder Judicial de la Federación y algunos otros, como el de la Ciudad de México, regresaron a actividades presenciales en sus oficinas, reiniciando los plazos y términos que estaban suspendidos desde prácticamente el inicio de la pandemia de covid-19. Durante meses, los juzgados y tribunales federales, así como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solamente dieron trámite a las demandas que consideraban urgentes y a las que solicitaran la protección de la justicia en contra de actos que pudieran constituir graves violaciones a derechos humanos, es decir, los contemplados en el artículo 15 de la Ley de Amparo. Durante este periodo, el Poder Judicial fortaleció su esquema de juicio en línea, procurando evitar una suspensión total de la actividad jurisdiccional, pero, al mismo tiempo, intentando salvaguardar la salud tanto de empleados como de la ciudadanía.

Estos juicios en línea parecen innovadores, pero en realidad no lo son tanto. Existen muchas áreas de servicio público que han eliminado el uso de papel y han migrado a trámites electrónicos con mucho éxito, por ejemplo, la solicitud de pasaporte, la presentación de quejas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la solicitud de visa de los Estados Unidos de América o la expedición de la visa canadiense, e incluso, hay procesos jurisdiccionales que ya se han trasladado al mundo electrónico desde hace algún tiempo, como los juicios en línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

En el Poder Judicial de la Federación este proceso ha ido más lento, pues si bien ya existían trámites electrónicos, estos no se habían generalizado ni se había alcanzado un estado de cosas que permitiera substanciar juicios de amparo completamente en línea de manera masiva. La pandemia nos ha obligado a los abogados y a los poderes judiciales a reinventarnos y a aceptar cambios que a veces son difíciles de asimilar.

Pero, entonces, si ya existe el juicio en línea, ¿por qué vimos enormes filas de gente tratando desesperadamente de ingresar a los juzgados federales el lunes pasado? Hay varias hipótesis: una de ellas es que los abogados nos resistimos a abandonar la certeza que nos brinda el papel y el sello de recibido del juzgado. El dicho “papelito habla” está muy enraizado en nuestra cultura como litigantes y, ésa, sin duda, podría ser una de las causas. Otra puede ser la falta de difusión de la información sobre el regreso a las labores, que también sucedió, pero creo que puede haber otras que tienen aún más peso y que es necesario analizar para corregir los que podrían ser, incluso, mecanismos discriminatorios en el acceso a la justicia.

El primer obstáculo que observo es que uno de los principios torales del juicio de amparo es la promoción a instancia de parte, esto, en palabras llanas, ha sido interpretado por el propio Poder Judicial como un requisito que consiste en que la demanda de amparo debe ser firmada por el directamente afectado, es decir, por el quejoso, salvo algunas excepciones. La interpretación judicial ha definido, vía jurisprudencia, que, si se requiere la firma autógrafa del quejoso en la demanda escrita, entonces también se requiere su firma electrónica FIREL o FIEL, en la demanda en línea. Este argumento ha sido usado por diversos juzgados federales para desechar demandas que se promueven con el archivo escaneado del escrito firmado por el quejoso y presentadas con la FIREL de su abogado. Ante esto, es lógico que los abogados prefieran abarrotar los juzgados antes de correr el riesgo de que les desechen la demanda en línea.

Afortunadamente hay resoluciones en sentido contrario al de esa interpretación, tales como la dictada en la Queja 81/2020, del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con sede en Naucalpan de Juárez, Estado de México, que han interpretado de forma más amplia este principio y su regulación.

Negar el acceso a la justicia por un requisito como la FIREL es grave porque la justicia en línea no es un lujo en estos tiempos sino una apremiante necesidad para miles de personas y, desgraciadamente, muchas de ellas no cuentan con la posibilidad de obtener su FIREL. Pienso en personas indígenas, en pobreza extrema o que presenten una o varias situaciones de alta vulnerabilidad, incluyendo la carencia de internet o de un celular con la capacidad para llevar a cabo el trámite. Los abogados estamos obligados a contar con la FIREL, pero quien resiente la violación de un derecho humano no debería correr el riesgo de tener su derecho coartado por la carencia de un par de archivos electrónicos. Esto nos obliga a repensar nuestra concepción del juicio de amparo a instancia de parte. No propongo que se elimine el principio, pero sí creo que ya es necesario formular interpretaciones alternativas para asegurar que lo importante, el derecho violado, no sea víctima de un trámite burocrático.

Las opiniones vertidas en la sección de Opinión son responsabilidad de quien las emite y no necesariamente reflejan el punto de vista de Gluc. 

 

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