Opinión

Doctrina y modelo policial. El caso de George Floyd

jueves, 4 de junio de 2020 · 11:23

Twitter: @GNava1980


El homicidio de George Floyd, cometido por policías de Minneapolis, es el último caso de brutalidad policial en EE. UU. Ha desencadenado protestas sociales masivas por toda la Unión Americana.

El uso de la fuerza se entiende como el empleo de técnicas, tácticas, método y armamento; regulados por leyes, reglamentos, manuales y protocolos de actuación, que tiene como propósito controlar la resistencia de los individuos a la acción de la autoridad, en este caso, de un arresto policial.

El concepto en sí mismo es complejo, compuesto de elementos que pueden dar lugar a muchas interpretaciones y que, por sí sólo, no establece límites.

Existen principios para el uso de la fuerza:

  • Legalidad: un marco jurídico que establezca límites y sanciones
  • Oportunidad: el empleo de la fuerza se hace en el momento y contexto correspondiente
  • Proporcionalidad: la simetría entre la conducta de los sujetos sometidos a una acción policial y las técnicas, tácticas, métodos y armamento que se emplean para cumplir esta acción
  • Racionalidad: el proceso de análisis y toma de decisión del policía para hacer uso de la fuerza, su graduación y el cumplimiento de los demás principios

En el caso de George Floyd, teniendo en cuenta todos estos elementos, se trata de un caso muy claro de abuso en el uso de la fuerza que tuvo como resultado homicidio de segundo grado (homicidio culposo en México). Si no entendemos los factores que promueven el abuso de la fuerza difícilmente podremos evitarlo.

Existen múltiples factores que contribuyeron al abuso de uso de la fuerza en este caso. Algunos de los más importantes se pueden ver en la matriz.

 

Fuente: Elaboración propia
Fuente: Elaboración propia

 

En esta columna nos enfocaremos en la reflexión de los factores de la doctrina y modelo policial, que inciden en el abuso del uso de la fuerza o, en términos norteamericanos, brutalidad policial. 

  • El marco jurídico: En el caso de Estados Unidos, la legislación es escueta, imprecisa y la mayoría se basa en jurisprudencia que no se ha materializado en leyes ex profeso. En el caso de México la primera ley que existe en la materia es de apenas 2008 cuando se publicó la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal.
  • Los procesos de selección y reclutamiento: además de los parámetros tradicionales, es necesario implementar mecanismos mas rigurosos respecto al estado psicológico de los aspirantes para identificar posibles conductas de riesgo.
  • Los modelos de capacitación y formación para el uso de la fuerza: Se basan precisamente en técnicas y métodos de sometimiento físico y control corporal, técnicas de esposamiento, defensa personal, uso de equipamiento no letal como bastones retráctiles o taser, balas de goma, etc; uso de armas y fuerza letales. No toman en cuenta capacitación enfocada al estado psicológico tanto del policía como de la persona sujeta a la acción policial. No se encuentran entrenados para manejar, de manera segura, situaciones de muy alto estrés agudo. No se les capacita para manejar emociones como el miedo y la ira o sentimientos como la frustración e impotencia que derivan de su trabajo diario.
  • La falta de transparencia y rendición de cuentas de las corporaciones policiales: Las corporaciones policiales en México y Estados Unidos muestran poco interés en transparentar sus acciones. La sociedad tampoco ha logrado un involucramiento responsable en la rendición de cuentas. El trabajo de las ONG todavía es incipiente debido a la resistencia de las policías para dar a conocer la información necesaria. La falta de transparencia promueve que las corporaciones policiales se conviertan en “hermandades” que se protegen cuando hay casos de corrupción y/o abuso en el uso de la fuerza perpetuando estas conductas.
  • Desarrollo humano policial: Este problema que es mucho más grave en México que en Estados Unidos. Los policías no tienen servicios de atención que les apoye y conduzca en la gestión y resolución de estados psicológicos que influyen en respuestas violentas. Tampoco hay un seguimiento de los cambios en los estados emocionales o eventuales trastornos de la personalidad que pueden ir desarrollando los policías a lo largo de sus carreras.
  • Las relaciones entre los policías y los ciudadanos: En el caso de Estados Unidos la policía se conduce bajo parámetros de mínima tolerancia a la oposición a la acción policial. Su objetivo es lograr el respeto a la autoridad y disuadir los intentos de corrupción y la falta de cumplimiento de la ley por parte de la ciudadanía. En el caso de México el miedo a ser identificados como represores, la criminalización de la acción policial y la vulnerabilidad de la policía a la corrupción ha provocado la falta de respeto a la autoridad policial y la falta de cumplimiento de la ley.
  • El modelo de policía de proximidad. En Estados Unidos se implementó hace más de 20 años, y aunque ha avanzado no se ha consolidado. En México se importó en 2008 a raíz de las reformas del sistema de seguridad pública y de la Iniciativa Mérida y no ha tenido ningún avance.
  • Factores como la discriminación por razones étnicas y socioeconómicas y la desigualdad social son más importantes, sin embargo, en mi opinión, intervenir en los factores relacionados con la doctrina y modelo policial puede tener buenos resultados en el corto y mediano plazo, mientras los gobiernos se enfocan en atender las otras problemáticas.

Siempre habrá policías que, en lo individual, representen un riesgo para la población. Corregir el modelo y la doctrina sirve para identificar y tomar acciones hacia este tipo de policías previniendo el abuso en el uso de la fuerza.

Las opiniones vertidas en la sección de Opinión son responsabilidad de quien las emite y no necesariamente reflejan el punto de vista de Gluc. 

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