Opinión

Más allá del segundo constitucional

jueves, 21 de mayo de 2020 · 15:15

Twitter: @CLopezKramsky

En el año 1989, la adopción del Convenio número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), marcó un parteaguas en la concepción, teleología y garantía de los derechos de los pueblos indígenas. En nuestro país, estos derechos pasaron prácticamente desapercibidos en la legislación hasta el año 2001, cuando se aprobó la gran reforma en materia de derechos indígenas encabezada por un nuevo artículo 2° constitucional. Esta reforma tuvo como antecedentes directos al Convenio 169 de la OIT, al movimiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), al trabajo de la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA), al trabajo de la Comisión Nacional de Intermediación (CONAI) y los Acuerdos de San Andrés, así como a la asunción de Vicente Fox Quesada como presidente de la República, que también significaba un paso más hacia la construcción de una democracia en México.

Pero la reforma de 2001, aunque revolucionaria en su momento, pues pudo romper los miedos a la “balcanización”, no fue lo suficientemente profunda y amplia para adecuar la legislación nacional con lo ya establecido en los instrumentos internacionales, en especial, en el Convenio 169 de la OIT. Aprobar el 2° constitucional fue una victoria agridulce, pues si bien representaba un avance, no era lo que se esperaba. La reforma sirvió para que los derechos de los pueblos indígenas iniciaran su penetración en la legislación nacional, pero curiosamente, el diseño adoptado para ello, que consiste en remitir a las entidades federativas el desarrollo legal secundario, fue la bala que hirió de muerte su implementación y garantía. Hoy, 19 años y medio después de aquella reforma constitucional y en otro contexto post reforma de derechos humanos del año 2011, es necesario replantear los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país.

Esta semana, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión informó mediante boletín que está avanzando en comisiones una reforma que expediría una Ley General en materia de Consulta Previa, Libre e Informada a Comunidades Indígenas y Afromexicanas que, a pesar de parecer buena noticia, tiene claroscuros insalvables. El primero de ellos es que el Congreso de la Unión no tiene facultades para expedir una ley general, pues no existe concurrencia de facultades en materia indígena y, el segundo, es que aprobar una ley sobre consulta olvida o retrasa una reforma integral. Si bien la consulta es un derecho fundamental para los pueblos indígenas, no es el único derecho que hay que regular y garantizar.

El año pasado, la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Constitución, incluido el 2°, en la que propone un replanteamiento y profundización de los derechos indígenas en México, así como el establecimiento de concurrencia de facultades para emitir diversas leyes generales en materia de derechos lingüísticos, al desarrollo, al conocimiento tradicional, a la consulta, a la libre determinación y autonomía, entre otros. Contar con una ley general en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas es algo indispensable en estos tiempos y, por ello, es fundamental que el Congreso apruebe una reforma integral que dé el paso que la de 2001 no pudo dar. Por su parte, el año pasado también, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) realizó una consulta para integrar una iniciativa de reforma constitucional, pero hasta el momento no se ha presentado ningún resultado o iniciativa.

Los derechos indígenas siguen avanzando

La semana pasada, la Legislatura de Querétaro aprobó una reforma constitucional importante, en la que se reconoce y garantiza el ejercicio de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas en el Estado de Querétaro, lo que demuestra que estos derechos siguen avanzando en el país, pero podrían hacerlo más rápidamente si todas las entidades federativas tuvieran un piso común.

Hace algunos años, en una conversación con James Anaya, en ese entonces Relator Especial Para la Situación de los Derechos y Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas, le escuché decir que el Federalismo es el peor de los sistemas de gobierno para garantizar derechos humanos y, en materia indígena, esto es más que claro. Por ello, si deseamos que los pueblos indígenas gocen de derechos en todo el territorio nacional, tenemos que replantear de fondo el sistema normativo y de competencias que establece el artículo 2° constitucional. La pelota está en el Congreso.

Continúa leyendo: Senado promueve los derechos humanos y defiende los asuntos indígenas

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