Cannabis: El cultivo

miércoles, 27 de noviembre de 2019 · 02:11
Twitter: @PaolaRodc31 El cultivo de la marihuana, es una práctica extendida en el mundo con el objeto de comercialización, autoconsumo o contrabando. En  2014 Uruguay fue el primer país en legalizar la producción, distribución y el consumo de cannabis; en otros lugares existe una regulación parcial y bajo ciertas circunstancias. En México, la situación  de derivados de la cannabis que contienen concentraciones de 1% o menores de THC, se fundamenta en el artículo 235 de la Ley General de Salud, que establece que la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, prescripción médica, suministro, empleo, uso, consumo y, todo acto relacionado con estupefacientes o con cualquier producto que los contenga queda sujeto a las disposiciones previamente establecidas por Ley, los tratados y convenciones internacionales de la materia, y a las disposiciones que expida el Consejo de Salubridad General y otras dependencias del Ejecutivo Federal en el ámbito de sus respectivas competencias y cuyos actos solo podrán realizarse con fines médicos y científicos y requerirán autorización de la Secretaría de Salud. De acuerdo a lo establecido por la legislación, el cultivo y consumo de marihuana con fines lúdicos queda sometido a la adquisición de un permiso tramitado ante la Comisión Federal de Protección a Riesgos Sanitarios (Cofepris), autoridad a quien corresponde determinar la modalidad y cantidad máxima de adquisición de semillas de la planta, ante su negativa, por jurisprudencia emitida por la SCJN, el ciudadano podrá acudir ante un juez de distrito en materia administrativa para solicitar la aplicación de los nuevos criterios y obtener el Amparo de la Justicia Federal respecto del permiso solicitado, que le permitirá el uso, siembra, cosecha, transporte y todo lo relacionado con el consumo personal. Sin embargo, las tesis de la SCJN no incluyen la producción ni el comercio de la planta, ni la manera en la que se podrá adquirir la semilla para su cultivo legal, por lo que han sido presentadas iniciativas para la despenalización del consumo lúdico de la planta donde se propone modificar Ley General de Salud para permitir la siembra, cultivo, cosecha, posesión y transporte de la planta con fines recreativos y comercialización de sus derivados, se propone la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Consumo de Cannabis, así como una Ley general para la regulación de la planta, elevar a 30 gramos la cantidad portable permitida y contempla el cultivo personal de hasta 20 plantas, con una producción máxima de hasta 480 gramos al año. Pese a la urgencia de una legalización y regulación de cannabis, se ha solicitado prorroga para la legislación de este tema por la atención que requerían otros temas "priotarios" para el Gobierno Federal, dejando de lado el hecho fehaciente de que el crimen en torno a la distribución y tráfico de la Marihuana continúa en crecimiento dentro de nuestro territorio y que la prohibición ha impedido el desarrollo de una industria, por lo que el máximo tribunal del país determinó, un nuevo plazo que vence el 30 de abril de 2020, no pasa por alto que el 4:20, es un código de referencia alusivo al consumo que identifica a los practicantes de la cultura canábica, esperemos que esta sea la fecha en que por fin, nuestro país termine con el estigma y permita el acceso a sus ciudadanos a las bondades que ofrece el uso responsable de esta planta.

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