Justicia laboral

miércoles, 30 de octubre de 2019 · 02:00
Twitter: @JOHN_OLIVERA En mayo de este año se aprobó una de las iniciativas de ley más importantes y trascendentes en la historia laboral en México, que a su vez, impacta de forma directa e indirecta hacia el exterior. Somos uno de los países en el mundo que atraemos, jurídicamente, la atención de las primeras potencias (Estados), ya que la relevancia en el tema de derecho laboral es fundamental.

Reforma Laboral aprobada

Es la aprobación que se hizo a la Reforma Laboral surgieron diversos temas coyunturales, de los cuales, son considerados sustanciales para el progreso en materia de derechos laborales y humanos, ya que la “democracia” debe ser en sentido estricto. Por tal razón, sin ser un aspecto novedoso en nuestro país, todos los sindicatos tendrán elecciones abiertas, por medio del voto libre, directo y secreto, dejando a un lado la “simulación”. Esperemos que así sea. Por otro lado, se concreta la creación de Tribunales Federales en Materia Laboral, con lo cual se pretende dar mayor certidumbre jurídica a los trabajadores, lo cual, es uno de los aspectos de gran importancia que resalta en esta reforma. Esperemos que no se vicie frente a la práctica política, a modo.

 ¿Actualización a la Reforma Labora?

De acuerdo con el senador Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Trabajo, dijo que en la pasada reforma se dejó fuera los temas como el “outsourcing, acoso sexual, discriminación e igualdad salarial”, lo cual, desde mi punto de vista me parece sorprendente. Como parte vinculatoria a los Derechos Humanos no se puede menoscabar derechos por falta de tiempo legislativo o negociación política. Para el caso del outsourcing, ha sido un atropello brutal durante casi siete años desde que se permitió esta práctica de contratación (30 de noviembre de 2012). Los únicos que ganaron y continúan haciéndolo son los intermediaros. Los trabajadores quedaron en estado de indefensión sin oportunidad de hacer valer sus derechos y garantías. El acoso sexual, discriminación e igualdad salarial son un conjunto de acciones que, en tiempos modernos (actualizados), son intrínsecos ante cualquier reforma. Incluso, existen márgenes que establecen organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la propia Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Reflexión

No se debe cristalizar temas coyunturales y fundamentales para “actualizar la reforma”, debido a que ningún derecho puede ni debe ser menoscabado por falta de formalidades que nuestros legisladores deberían observar. ¿Bajo qué términos y/o condiciones se basaron para posponer estos temas junto con otros de mayor relevancia? De igual forma, otro asunto relevante es la iniciativa de ley en materia laboral para garantizar el pago de “salarios caídos”, en el cual, de “acuerdo al artículo 48 de la ley del trabajo establece fijar como tope el pago de los salarios caídos a un año con un pago del 100%, y del segundo año en adelante sólo cubrir 2% mensual capitalizable de los salarios caídos” (Nota El Universal, María del Pilar Martínez, 29 de septiembre de 2019). Esto no puede suceder, ya que la Ley Federal del Trabajo, en su espíritu es la defensa de los trabajadores. Tal como se instituye en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. No se le debe facilitar la ley al patrón, sino que de forma pronta y expedita, se reconozcan los derechos de los trabajadores. Si los patrones reconocieran los derechos de los trabajadores, no tendrían que pagar por sus errores, actos u omisiones, por solo ser el patrón.