Twitter: @CLopezKramsky 

Al momento de escribir estas líneas, en la Cámara de Diputados está por discutirse el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales por el que se reforma y adiciona los artículos 35, 36, 73, 81, 83, 99, 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación del mandato, lo que ha desatado de nueva cuenta la polémica en medios de comunicación y redes sociales. Pero ¿qué significa esta reforma y cuál sería su impacto en la vida pública del país? Aquí trataré de resumirlo de manera sencilla.

La reforma constitucional que se propone consiste en flexibilizar los requisitos para que se lleve a cabo una consulta popular e introducir la revocación del mandato como mecanismo de democracia participativa, a través del cual, la población podrá votar si el presidente de la República, los gobernadores de los estados y la jefa de gobierno de la Ciudad de México, son removidos de su encargo. La propuesta establece que esta votación para revocar el mandato se hará en el tercer año de gobierno del presidente de la República, en el mismo día en que se lleven a cabo las elecciones de diputados federales.

Hasta aquí todo parece bien y hay que decir que revocar el mandato en el tercer año de gobierno suena muy atractivo, pues con ello parece que los ciudadanos tenemos la posibilidad de dar un golpe de timón si la situación del país es delicada o, en su caso, para corregir el rumbo si nos arrepentimos de haber elegido al presidente en turno. Tan es atractiva la idea que durante varios años se ha señalado como una necesidad apremiante de nuestra democracia contar con mecanismos como el referéndum o la revocación del mandato.

Pero no todo lo que brilla es oro y ello ha llevado a que diversos legisladores de partidos políticos de oposición critiquen severamente la propuesta de reforma constitucional, aduciendo que la pretensión es abrir la puerta para una posible reelección del presidente Andrés Manuel López Obrador; en lo personal no creo que esta reforma tenga tal efecto, pero sí advierto cuestiones delicadas que deben ponderarse.

Me parece que la figura está mal enfocada, pues la revocación del mandato debería operar cuando la población no desea continuar bajo un gobierno que ha sido ineficaz; esta circunstancia complica mucho la implementación de la consulta, puesto que tendría que ser la sociedad civil la que se organizara para conseguir firmas por el equivalente al 3% del padrón electoral para elevar la petición, lo que se antoja casi imposible. Por esa razón, lo más conveniente sería legislar una ratificación del encargo que se lleve a cabo siempre en el tercer año de gobierno, sin necesidad de que alguien la solicite.

Además, sería importante que la votación para la ratificación del encargo se lleve a cabo en una fecha distinta a la de cualquier otra elección federal o local, toda vez que involucrar al titular del Poder Ejecutivo Federal o estatal en un proceso electoral ordinario crearía un riesgo innecesario, pues seguramente dicha ratificación arrastraría al resto de procesos electorales.

En el caso concreto, si el presidente López Obrador se presenta en las boletas en los comicios del año 2021, es claro que su popularidad y arrastre, así como los medios de comunicación, económicos y estructurales a su disposición, así como su exposición pública diaria inclinarían la balanza electoral no solo hacia su ratificación, sino que también impulsaría a los candidatos de su partido (Morena) hacia la victoria en sus respectivas elecciones.

La ratificación del encargo o la revocación del mandato es una herramienta benéfica para nuestra democracia, pero hay que tener cuidado en los detalles, pues de otro modo, un instrumento de participación ciudadana se puede convertir en una forma de obtener el control político total, y eso es lo peor que podría sucederle a nuestra joven e inmadura democracia.