La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los trabajadores con más de 20 años de antigüedad únicamente podrán ser despedidos por causas graves y justificadas.
La Segunda Sala resolvió una contradicción de una tesis en donde estipula que el patrón está obligado a expresar en un aviso la causa grave que amerita el despido e imposibilita la relación de trabajo.
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Se trata de la contradicción 165/2017 que surgió entre los dos tribunales sobre la manera en que la Ley Federal de Trabajo debe interpretarse, esto en cuanto el aviso de rescisión por la cuál el patrón debe informar legalmente a sus empleados que su relación laboral llegará a su fin.
En este caso, otro tribunal señalaba que solo la interpretación de la LFT debería ser textual y que solo se mencionara las causas de la decisión patronal. Otro, afirmaba que cuando el sujeto tuviera más de 20 años trabajando, la empresa era la única que podía argumentar este despido.
Dicho documento no solo deberá contener la fecha y la causa que son el principal motivo para destituirlo de su puesto laboral, también deberá explicar las razones por las cuál considera que es una falta grave.
Esto se hace con el único objetivo que el trabajador tenga conocimiento de el por qué se le despide y así, pueda preparar su defensa para erradicar los motivos que su patrón consideró como grave.
“En el caso de los trabajadores con más de 20 años de antigüedad, el aviso de rescisión debe contener la mención de su causa o causas jurídicas, hechos o conductas que actualizan precisamente los supuestos legales de que se trate y fecha en que se cometieron”, se lee en el comunicado en redes.
Este anuncio deberá tener todas las características requeridas anteriormente para poder justificar que una persona con 20 años de antigüedad podrá ser destituida de su puesto.
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