20 de diciembre es el último día para que te paguen tu aguinaldo

miércoles, 7 de noviembre de 2018 · 07:00
Si bien los servidores públicos recibieron su aguinaldo el día 15 de noviembre, empresas del sector privado tienen hasta el 20 de diciembre para otorgarte esta prestación, como lo marca el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. La cifra mínima que te corresponde es el equivalente a 15 días de salario por año, o en su caso, la parte proporcional a los días del año que trabajaste. Esta prestación solo es monetaria, por ley no deben hacerlo en especie como mercancías o vales que sustituyan la moneda. Casos en los que debes recibir tu aguinaldo:
  • Si obtuviste el permiso de maternidad
  • Si requeriste permiso de paternidad
  • Si renunciaste antes del 20 de diciembre
  • Si fuiste despedido
  • Si sufriste un accidente de trabajo
Si por alguna razón no recibes tu aguinaldo, ingresa una queja con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, desde la fecha establecida tienes un año posterior para reclamarlo. O llama a sus teléfonos: 01 800 71 72 942; 01 800 91 17 877 y 59 98 20 00. En su caso, los patrones se podrían hacer acreedores a una multa de conformidad que va desde $4,030.00 hasta $403,000.00. Oficialmente el aguinaldo era solo una gratificación que los patrones regalaban a los trabajadores en una fecha muy cercana a las fiestas decembrinas y fue en 1970 cuando la Ley Federal del Trabajo, bajo el mando del Presidente Gustavo Díaz Ordaz, otorgó esta prestación:
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste, estipula el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.