La noche de ayer, durante la conferencia diaria que se realiza para mostrar el avance del Covid-19 en México, el Dr. Hugo López-Gatell Ramírez, ???????Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, nuevamente recalcó la importancia de permanecer aislados en casa y enlistó siete nuevas medidas de seguridad sanitaria, mismas que ya fueron publicadas en documento oficial esta mañana.

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Luego de que el Consejo de Salubridad General declaró ayer, 30 de marzo de 2020, Emergencia Sanitaria, se acordaron las siguientes nuevas medidas:
- Medida 1: Se ordena la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril 2020, de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional.
- Medida 2: En todos los sectores y actividades definidos como esenciales, se deberán aplicar de manera obligatoria las siguientes acciones: no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas, lavado frecuente de manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, saludo a distancia (no saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo) y todas las demás medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud Federal.
- Medida 3: Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano, incluida la que arribe al mismo procedente del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible.
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- Medida 4: El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión (adquirida o provocada), en estado de embarazo o puerperio inmediato, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial. El personal esencial de interés público podrá, de manera voluntaria, presentarse a laborar.
- Medida 5: Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable, la Secretaría de Salud, en acuerdo con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo, emitirá los lineamientos para un regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales de toda la población en México.
- Medida 6: Se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y la interacción física (cara a cara) entre las mismas.
- Medida 7: Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos.
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Ante el creciente avance de casos confirmados por coronavirus en México es muy importante seguir las indicaciones que el Gobierno señala. Tanto la Secretaría de Salud de México, así como el Gobierno de México ya publicaron el documento de manera oficial. Para más información puedes dar click aquí.
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